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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284686
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 22
DENEGACION DE JUSTICIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 22
Los actos que la importan, no pueden reclamarse por medio de la queja, debiendo consignarse los hechos al procurador general de la República, para los efectos de la ley.
Precedentes
Queja en amparo civil. Sauto Astiz y Compañía, Sucesores. 2 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.