Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284690
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 29
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 29
Siendo de mayor entidad las obligaciones que deben garantizarse con la contrafianza, que las que se aseguran con la fianza en el incidente de suspensión, en ningún caso y por ningún motivo la contrafianza puede otorgarse sobre bienes que representen un valor menor que la fianza.
Precedentes
Queja en amparo civil. Rubio de Laris Luisa. 2 de enero de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Manuel Padilla y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.