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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 47
PAGO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 47
El que se haga al apoderado de un albacea, cuando el juicio sucesorio ha concluido, no tiene efecto legal alguno.
Precedentes
Amparo civil directo. Lazéter viuda de De la Vega Rosario. 3 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Leopoldo Estrada y Victoriano Pimentel no intervinieron en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.