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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
284707
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 69

LIBERTAD PERSONAL.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 69

Precedentes

Tomo XIV, página 1943. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 809/24. Santos Epifanio de los. 13 de junio de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 1943. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4109/23. Gouyannet González Rafael. 14 de febrero de 1924. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 1943. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3255/23. Orduño Asunción y coagraviado. 11 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 69. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 1679/19. Castellanos Díaz Francisco y coagraviados. 4 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Victoriano Pimentel y Leopoldo Estrada no intervinieron en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta de día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 284707