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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 103
AGRAVIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 103
Cuando no se endereza contra la sentencia que se revisa, no puede ser tomado en consideración, pues en la revisión sólo se discuten los conceptos que atacan la sentencia del Juez de Distrito, respecto de si procede, o no, el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Limitada Manufacturera de Yute "Santa Gertrudis". 5 de enero de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Manuel Padilla y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 65, tesis 40, de rubro "AGRAVIOS INSUFICIENTES.".