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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 129
DEFENSORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 129
La Constitución previene que el acusado podrá nombrar defensor desde que sea aprehendido, por lo que si la aprehensión no se ha verificado, la falta de nombramiento de defensor no importa violación constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Molina Ladislao. 8 de enero de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.