Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284730
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 145
MANDATO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 145
El mandato para actos de dominio, sin especificar cuáles sean, sólo puede entenderse que comprende los que tienen por objeto la adquisición, enajenación o gravamen de bienes; en tal virtud, el mandatario no puede considerarse como facultado para celebrar el contrato de mutuo.
Precedentes
Recurso de súplica. Herrera viuda de Seguí María. 8 de enero de 1924. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Victoriano Pimentel y Salvador Urbina. Disidentes: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.