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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 146
ONUS PROBANDI.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 146
El que afirma está obligado a probar y no así el que niega, a menos que su negación envuelva la afirmación expresa de un hecho.
Precedentes
Recurso de súplica. Herrera viuda de Seguí María. 8 de enero de 1924. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Victoriano Pimentel y Salvador Urbina. Disidentes: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.