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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 216
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 216
El auto de formal prisión hace cambiar la condición jurídica del detenido; por lo cual es improcedente el amparo que contra la detención se pida.
Precedentes
Tomo XIV, página 1852. Indice Alfabético. Amparo 4022/22. Martínez José y socios. 18 de junio de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Salvador Urbina, José Castro Estrada y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 1852. Indice Alfabético. Amparo 923/21. Reyes Silva Bruno. 18 de junio de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 1852. Indice Alfabético. Amparo 1052/23. Alemán Gustavo. 12 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 216. Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia 3894/23. García Dávalos Manuel. 11 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.