Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284769
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 253
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 253
Toca conocer de un juicio de amparo, al Juez de Distrito en cuya jurisdicción se dicte u ordene, se ejecute o trate de ejecutarse la ley o acto que lo motive; y si el acto ha comenzado a ejecutarse en un distrito y sigue ejecutándose en otro, cualquiera de los Jueces, a prevención, será competente.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces Cuarto Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal, y de Distrito en Jalisco. 14 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.