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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
284771
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 259

IDENTIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 259

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces Primero y Tercero Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. 14 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo X, página 383. Competencia en amparo, entre los Jueces de Distrito, Primero y Segundo Supernumerarios del Distrito Federal. Méndez Gonzalo. 13 de febrero de 1922. Unanimidad de diez votos. El Ministro Ignacio Noris, no estuvo presente, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo IX, página 587. Competencia en amparo, entre los Jueces, Cuarto y Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. Pereda Luis. 31 de octubre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Benito Flores. Tomo VIII, página 774. Competencia en amparo, entre los Jueces, Primero y Cuarto Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. Fernández de la Reguera César. 14 de abril de 1921. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Mena, Gustavo A. Vicencio y Enrique Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 836. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda. Moreno Camilo. 12 de junio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 284771