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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 366
PROTECCION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 366
Debe negarse, si se comprueba que los hechos en que el quejoso se funda para pedirla, son inexactos.
Precedentes
Tomo XIV, página 1969. Indice Alfabético. Amparo 1027/23. Cortés Celedonio. 12 de marzo de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 366. Amparo administrativo en revisión 556/18. Díaz Ordaz Carlos. 24 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.