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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 390
JUEGOS DE AZAR.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 390
Contra las disposiciones de la autoridad administrativa, que tiendan a restringir el juego de azar, es improcedente conceder la suspensión.
Precedentes
Tomo XIV, página 1928. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1353/24. Díaz Crescencio y otros. 27 de junio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 1928. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 319/24. Terrazas Jesús L. 13 de marzo de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 390. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1106/23. Rojas Vértiz Salvador. 25 de enero de 1924. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Francisco Modesto Ramírez y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.