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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 410
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 410
Al resolverla, la Corte no puede decidir cuestiones extrañas a la controversia judicial, por lo que el desistimiento del quejoso, respecto de una de las demandas que suscita la competencia, no tiene que ser tomado en cuenta por la Corte.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces, Tercero Supernumerario, Segundo Numerario y Segundo Supernumerario de Distrito del Distrito Federal. 28 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.