Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284857
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 453
TESTIGOS FALSOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 453
La falsedad de la declaración de los testigos, no es causa legal para suspender el procedimiento; lo que sólo puede hacerse en el caso en que se presente un documento por vía de prueba, y que éste sea tachado de falso.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Flores Feliciana. 30 de enero de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.