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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 545
QUEJA INFUNDADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 545
Debe declararse así, la que se enderece contra actos del Juez de Distrito, que han sido ya subsanados por el mismo.
Precedentes
Tomo XIV, página 1974. Indice Alfabético. Queja 205/23. Aguilar Ramón. 27 de febrero de 1924. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Salvador Urbina y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 545. Queja en amparo civil 115/23. Dupont viuda de Salgado María. 4 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.