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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 637
MULTAS DEL TIMBRE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 637
Las que se ajustan a la ley respectiva, no puede alegarse que constituyan una violación constitucional.
Precedentes
Tomo XIV, página 1949. Indice Alfabético. Recurso de súplica 34/20. Ríos viuda de Bárcena Soledad. 14 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 637. Amparo administrativo en revisión 24/21. Téllez Corona Francisco. 12 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.