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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 692
RETROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 692
Lo que constituye la retroactividad, no es sólo el hecho de regir al pasado, sino también, y muy esencialmente, el de lesionar un derecho adquirido; y es un principio elemental, el de que los particulares no pueden adquirir derechos que estén en pugna con el interés público; de suerte que cuando una ley lesiona un derecho de esa clase, no hay retroactividad, aun cuando la existencia del derecho sea anterior a la de la ley.
Precedentes
Recurso de súplica. Zenner Luisa. 18 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.