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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 709
SOCIEDADES COOPERATIVAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 709
Las escrituras en que se hagan constar dichas sociedades, además de los requisitos exigidos para las otras, deberán expresar las condiciones bajo las cuales deben los socios entregar o retirar de la sociedad, el capital con que hubieran contribuido; si no hubiere disposición expresa, se observará la regla de que el socio que fuere excluido, recibirá su parte, tal como resulte del balance anterior a su separación o exclusión y en la misma forma en que fue entregada, y esta regla debe ser observada cuando la oscuridad en la redacción de la escritura constitutiva, no permita conocer cuál fue la voluntad contractual de las partes, respecto de ese punto.
Precedentes
Recurso de súplica. Unión de Molineros, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada. 19 de febrero de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco Díaz Lombardo, y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.