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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284966
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 717
INTERDICTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 717
En ellos no procede rendir ninguna prueba sobre propiedad, y la sentencia que en los mismos recaiga, no debe ocuparse de los derechos que sobre propiedad puedan alegar las partes, bajo ninguna de sus modalidades.
Precedentes
Amparo civil directo. Slim Julián. 19 de febrero de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.