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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 785
QUEJA SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 785
Debe declararse así, la que se endereza contra actos del Juez de Distrito, cuando la jurisdicción de éste ha cesado ya, y por medio de la queja no puede retrotraerse el tiempo transcurrido, devolviendo la jurisdicción al Juez.
Precedentes
Queja en amparo civil. Valencia Alberto J. 25 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.