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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 789
CONTROVERSIAS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 789
Las autoridades administrativas no tienen facultades para intervenir en ellas y decidirlas, pues esto corresponde únicamente a la autoridad judicial, y los actos de aquellas en tales casos, importan una violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gutiérrez Francisco. 26 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo IV, página 34, tesis de rubro "CONTROVERSIAS CIVILES.".
Tomo X, página 188, tesis de rubro "CONTROVERSIAS CIVILES.".
Tomo XIV, página 1292, tesis de rubro "CONTROVERSIAS CIVILES.".