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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 939
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 939
Es improcedente concederla, cuando con ella no se sigan al quejoso perjuicios de difícil reparación.
Precedentes
Tomo XIV, página 2014. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 963/24. Blancas Froilán. 27 de junio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 2014. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2229/23. Mijares Fernando. 15 de abril de 1924. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Manuel Padilla, Ricardo B. Casatro y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 2014. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 295/23. Baturoni Manuel. 4 de abril de 1924. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 939. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 347/24. Méndez Ruiz José. 13 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.