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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285053
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 957
JUICIOS DE QUIEBRA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 957
La sociedad esta interesada en la pronta tramitación de los juicios de quiebra, porque el procedimiento en ellos debe estimarse de orden público y no debe entorpecerse; por lo que es improcedente conceder la suspensión que tenga por efecto obstruccionar esa tramitación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Compañía del Ferrocarril de Acámbaro a Querétaro, S. A. 14 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.