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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 967
CORRIENTES DE AGUA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 967
Es indudable que la Constitución de 1917 y las leyes anteriores, reconocen, admiten y establecen que determinadas corrientes de agua son propiedad particular; pues de otro modo no habría motivo para que especificaran cuáles son propiedad de la nación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Burguete J. Ponciano. 15 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.