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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1054
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1054
La autoridad contratante no puede dejar de cumplirlos a su arbitrio, y cualquier acto que ejecute como autoridad, encaminado a exigir el pago de las cantidades que crea que se le adeudan y que fueron materia del contrato sin haber formulado previamente una liquidación, es atentatorio, y viola las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales, pues nadie puede hacerse justicia por sí mismo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "Federico Zorrilla", S. en C. 22 de marzo de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.