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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1082
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1082
El hecho de que el acto que se reclama no se haya consumado de un modo irreparable, es bastante para que proceda el amparo, pero no la suspensión, pues si el acto ya se ejecutó, se daría a aquélla efectos restitutorios, que no puede tener.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Muñoz María Gregoria y coag. 27 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.