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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1085
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1085
Si los que se presenten contra la sentencia del Juez de Distrito, son improcedentes, debe confirmarse aquélla.
Precedentes
Tomo XIV, página 1834. Indice Alfabético. Amparo 621/18. Yañez Mariano. 3 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 1085. Amparo administrativo en revisión 138/22. Compañía de Tranvías, Luz y Fuerza Motríz de Monterrey, Nuevo León. 27 de marzo de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.