Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/285151
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1197
COMPETENCIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1197
Conforme a la legislación y a las doctrinas sentadas por los especialistas en la materia, las cuestiones de competencia pueden promoverse por declinatoria o por inhibitoria; siguiéndose, en el primer caso, los procedimientos marcados para las excepciones. Respecto a la inhibitoria, aun cuando puedan variar los detalles de una legislación a otra, la naturaleza que le fijan todas y que desarrollan los tratadistas, supone con tribunales, entre los que se entable el conflicto de jurisdicción, y que, aun siendo de distinto fuero, se consideran de igual categoría, en cuanto a la controversia, y, al mismo tiempo, un tribunal superior capacitado para dirimir la contienda.
Precedentes
Inhibitoria de jurisdicción. Mexican Gulf Oil Company. 7 de abril de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.