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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
285169
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1234

DETENCION.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1234

Precedentes

Amparo penal directo. Sobrino Dativo. 9 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XII, página 504. Amparo administrativo en revisión. Pérez Parra José. 1o. de marzo de 1923. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 782. Amparo administrativo en revisión. Barrios María Ana. 4 de mayo de 1920. Mayoría de siete votos. Disidete: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo II, página 884. Amparo penal directo interpuesto ante la Suprema Corte. Vélez Luis. 18 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidetes: Agustín de Valle y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 285169