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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1317
AUTOPSIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1317
La legislación penal de Nayarit y la del Distrito Federal, facultan al Juez para nombrar a personas entendidas que practiquen la autopsia, cuando no hubiere peritos titulados; siendo, en tales casos, el dictamen de esas personas, bastantes para comprobar legalmente las causas de la muerte.
Precedentes
Amparo penal directo. Carrillo Emilio. 22 de abril de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.