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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1440
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1440
Siendo de interés público que las ejecutorias de amparo se cumplan, no causan estado las resoluciones que se dicten en su ejecución, y puede repetirse la instancia, para que la autoridad responsable sea obligada a respetar el fallo dictado en el amparo, por todo el tiempo que quede sin ser cumplimentado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Sociedad "Mier y Trespalacios". 7 de mayo de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.