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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1528
LEY DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1528
La de 15 de abril de 1918 tuvo por objeto determinar las condiciones en que debía circular el papel moneda, creado por decretos anteriores, y fue expedida con amplias facultades, por parte del Ejecutivo de la Unión y dentro de las atribuciones concedidas por un precepto constitucional, de donde se deduce que su aplicación no puede reputarse inconstitucional.
Precedentes
Amparo civil directo. Juanola Manuel. 17 de mayo de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.