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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1581
DESTRUCCION EN PROPIEDAD AJENA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1581
La destrucción en propiedad ajena, a que se refiere el artículo 488 del Código Penal del Distrito Federal, se castigará con la pena correspondiente al robo.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Gutiérrez Peláez Higinio. 5 de junio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.