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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1607
AMPLIACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1607
El hecho de acordar una ampliación, por virtud de las circunstancias, no significa, de ninguna manera, que el presidente de la República modifique la resolución que dictó concediendo ejidos, sino que aquélla debe considerarse como una nueva dotación, que se hace con mayor conocimiento de causa, a fin de cumplir el precepto constitucional ya citado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Durán de González María. 10 de junio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.