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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1735
AYUNTAMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1735
Conforme a lo mandado en la fracción II del artículo 115 de la Constitución, los Ayuntamientos no pueden tener más ingresos que los señalados por las legislaturas, y los que exijan sin medir esa circunstancia, importa una violación constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gurza Francisca, sucesión de. 17 de junio de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Leopoldo Estrada y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.