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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1760
MULTA EXCESIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1760
No basta, para considerar así, y, por lo tanto, para estimar comprendida en el artículo 22 constitucional, aquella a quien el quejoso atribuye ese carácter, si no existen pruebas de que lo tiene.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Marure Gregorio, quiebra. 20 de junio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, Francisco M. Ramírez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.