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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1788
FUERO DE GUERRA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1788
El artículo 13 constitucional ha reservado el fuero de guerra para los delitos contra la disciplina militar, debiendo entenderse como tales, los que, al cometerse, perturban, disminuyen o ponen en peligro el servicio militar, se oponen a los deberes que impone la ordenanza general del Ejército, o se realizan durante un servicio militar.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre el Juez Segundo del Ramo Penal de Monterrey y el de Instrucción Militar del mismo lugar. 23 de junio de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.