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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 11
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 11
No basta que se interponga este recurso en el juicio de amparo, para que se sustancie y resuelva la segunda instancia, sino que es indispensable que el recurrente exprese los motivos por los cuales no está conforme con el fallo dictado por el Juez.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Trueba Domingo S. 2 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.