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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 83
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 83
Si bien es cierto que tratándose de la apreciación de la prueba, los tribunales son soberanos, cuando obran en desacuerdo con los preceptos reguladores de la prueba, dan motivo al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo. Sánchez viuda de Santaella Virginia. 6 de agosto de 1923. Mayoría de siete votos. Disidentes: Pimentel, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.