Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/285405
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 96
COMPARECENCIA ANTE LA POLICIA JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 96
La orden de comparecencia ante la Policía Judicial, para la averiguación de los delitos, no puede considerarse violatoria de garantías y si el citado no comparece, puede el agente de la Policía Judicial dictar en su contra una orden de aprehensión, pero no por desobediencia a mandato legítimo de la autoridad, pues para que tal delito exista, no es necesario que concurran los requisitos que exige el Código Penal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Mijares Nicandro. 7 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.