Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/285415
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 115
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 115
No procede el amparo contra dicho auto, porque entre las declaraciones de los testigos que sirvieron para comprobar el cuerpo del delito, exista alguna contradicción, puesto que el valor definitivo de esas declaraciones deberá apreciarse por el Juez a quo, al pronunciarse el fallo correspondiente.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Guzmán Mariano S. 7 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.