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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 138
SALAS DE ESPECTACULOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 138
Las disposiciones del Código Sanitario, relativas a las condiciones que deben llenar las salas de espectáculos, toca cumplirlas a las empresas respectivas, pero no a los propietarios de las fincas, ajenos a la empresa; y, por tanto, las penas correspondientes no deben recaer sobre dichos propietarios, sino sobre las empresas que no se sujetan a las referidas disposiciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Herrera Enrique. 11 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.