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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 147
PORTACION DE ARMAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 147
La licencia expedida por la Secretaría de Guerra para portar armas, no exime a los que la tienen, de sujetarse a las disposiciones reglamentarias de policía, expedidas por las autoridades locales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Domínguez Ulrico. 11 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.