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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 151
COSTAS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 151
La Ley de Amparo previene que siempre que la sentencia de la Suprema Corte, dictada en súplica, esté conforme de toda conformidad, con la de segunda instancia, habrá condenación en costas.
Precedentes
Recurso de súplica. Escobedo Guzmán Arcadio y Ramón. 13 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.