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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 156
SENTENCIA EN SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 156
Debe concretarse a resolver sobre los agravios alegados, y sólo procede la condenación en costas en dicho recurso, en los casos prevenidos por la ley.
Precedentes
Recurso de súplica. Colmenares Gonzalo. 13 de agosto de 1923. Mayoría de siete votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Pérez Gasga y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.