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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 217
MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 217
Los Jueces de Distrito tienen la facultad de dictar las medidas de aseguramiento que estimen prudentes, en los casos en que concedan la suspensión contra actos que atacan la libertad personal, pero tales medidas pueden ser revisadas por la Corte.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Rodríguez Elpidio. 17 de agosto de 1923. Mayoría de nueve votos. Disidentes: V. Pimentel y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.