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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 233
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 233
Aun cuando tenga expeditos sus derechos para entablar, ante los tribunales del orden común, la correspondiente tercería, no está privada del derecho de acudir a la Justicia Federal, en demanda de amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Aguilar Julián. 18 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Francisco Modesto Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.