Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/285472
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 245
EXCUSAS DE LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 245
Las excusas que reglamenta el artículo 36 del la Ley de Amparo, se refieren a los Jueces de Distrito que han de fallar en definitiva el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo. Borrego Demetrio y coagraviados. 21 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.