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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 258
COPROPIETARIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 258
No pueden alegar violación de garantías porque se embarguen bienes en cuya propiedad tienen participación para cubrir adeudos fiscales de otros bienes, de los que también son copropietarios, sólo porque la acción fiscal, se haya dirigido únicamente contra algunos de los que tienen esa copropiedad, y no contra todos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Manzanera Crispiniano y coagraviado. 23 de agosto de 1923. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de diez votos, respecto del segundo. Disidentes: V. Pimentel, Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada, Ricardo B. Castro y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.